La Fiscalía General de la Nación anunció que solicitará una audiencia de preclusión de la investigación contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez, por el proceso de manipulación de testigos que se adelanta en su contra.javascript:false
A través de un comunicado, esa entidad precisó que el fiscal del caso tomó la decisión, tras establecer que «varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o participe».
En ese sentido, la Fiscalía señaló que la investigación se realizó en el marco del ordenamiento jurídico y que «se actuó en cumplimiento del deber que le asiste y que está consagrado en el artículo 250 de la Constitución Política de Colombia: Solicitar ante el juez de conocimiento la preclusión de las investigaciones cuando según lo dispuesto en la ley no hubiere mérito para acusar».
Esa entidad también invitó a los ciudadanos a seguir la diligencia «en la fecha que disponga la Judicatura y conocer con detalle los argumentos de la decisión, para formar un criterio propio sobre un caso que debe resolverse en sede judicial, alejado de opiniones, disputas personales e intereses políticos».
Esta decisión podrá ser recusada por la contraparte y la Procuraduría General de la Nación.
Este es el comunicado emitido por parte de la Fiscalía:
El coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, Gabriel Ramón Jaimes Durán, tomó la decisión de radicar ante el Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Bogotá, solicitud de audiencia de preclusión de la investigación que se sigue contra el exsenador Álvaro Uribe Vélez.
Luego de la valoración integral de los elementos materiales probatorios, la evidencia física y la información legalmente obtenida durante el curso del proceso, el fiscal del caso estableció que varias de las conductas por las cuales se vinculó jurídicamente al excongresista no tienen la característica de delito, y otras que sí lo son, no se le pueden atribuir como autor o participe.
Estas conclusiones responden a la aplicación de los parámetros fijados en la Ley 906 de 2004 (Sistema Penal Acusatorio) y serán expuestas en diligencia pública ante el juez Penal del Circuito que disponga el sistema de reparto. Las mismas podrán ser controvertidas por el procesado y su defensa, el agente especial de la Procuraduría General de la Nación, y de quienes reclaman su calidad de víctimas con sus apoderados.
La investigación adelantada por la Fiscalía General de la Nación se realizó en el marco del ordenamiento jurídico. De igual manera, se actuó en cumplimiento del deber que le asiste y que está consagrado en el artículo 250 de la Constitución Política de Colombia: “Solicitar ante el juez de conocimiento la preclusión de las investigaciones cuando según lo dispuesto en la ley no hubiere mérito para acusar”.
La Fiscalía General de la Nación invita a la ciudadanía a seguir la audiencia de preclusión en la fecha que disponga la Judicatura y conocer con detalle los argumentos de la decisión, para formar un criterio propio sobre un caso que debe resolverse en sede judicial, alejado de opiniones, disputas personales e intereses políticos.
La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.
La historia del complejo y voluminoso proceso contra Álvaro Uribe Vélez se origina el 23 de febrero de 2012, cuando el expresidente denunció ante la Corte Suprema al senador Iván Cepeda, por un supuesto ‘cartel de falsos testigos’ en su contra que lo incriminaba de vínculos con el paramilitarismo.
Sin embargo, el 16 de febrero de 2018 el caso tomó un giro importante y la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia archivó el proceso contra el senador Iván Cepeda y ordenó investigar a los entonces congresistas Álvaro Uribe Vélez y Álvaro Hernán Prada, por presunto fraude procesal y soborno de testigos.
Un año más tarde (octubre de 2019), Álvaro Uribe fue escuchado en indagatoria por la Corte Suprema y en agosto de 2020 la Sala de Instrucción de ese mismo tribunal ordenó su captura, convirtiéndose en el primer expresidente de Colombia en estar bajo la figura de detención domiciliaria.
No obstante, por cuenta de la renuncia de Álvaro Uribe al Senado y una maratónica audiencia, fue dejado en libertad luego de 67 días.
Todo el expediente de más de 70 cuadernos, 22 mil interceptaciones telefónicas documentos bajo reserva y un listado de más de 40 testigos, pasó al despacho del Fiscal Jefe Delegado Ante la Corte Suprema, Gabriel Jaimes, mano derecha del fiscal general Francisco Barbosa.
TESTIGOS CLAVE
Algunos testigos ya declararon en ese proceso, como el ex jefe paramilitar Juan Carlos ‘el Tuso’ Sierra, quien envió una carta a la Corte Suprema en la que manifestó que en 2009 recibió una visita de una comisión conformada por Iván Cepeda, Piedad Córdoba y Rodrigo Lara, para que testificara contra Álvaro Uribe.
Otro testigo que habló en el proceso fue el exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, hijo del administrador de una antigua finca de la familia Uribe, quien se negó a declarar ante la Fiscalía alegando presiones y falta de garantías.
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