La nueva medida regula los servicios públicos de acueducto y alcantarillado para empresas que atienden menos de 5 mil usuarios en la zona rural y urbana del territorio nacional.
Al implementarse esta nueva regulación, los beneficiarios del servicio de acueducto y alcantarillado van a poder pagar tarifas ajustadas a su nivel de servicio y a su consumo real.
Bogotá D.C., 02 de enero de 2018 – Los usuarios de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado de 906 municipios del país, se verán beneficiados de ahora en adelante gracias a la expedición de la resolución CRA 825 del 28 de diciembre de 2017, mediante la cual se establecen una nueva metodología para el cálculo de las tarifas y estándares y metas para los prestadores de dichos servicios.
La nueva medida regula los servicios de acueducto y alcantarillado para prestadores pequeños que atienden menos de 5 mil usuarios en la zona rural y urbana del país. En el primer semestre se avanzará en la socialización de este marco a nivel de usuarios y prestadores, para iniciar su aplicación a partir del 1 de julio de 2018.
“Esto es una muy buena noticia ya que el Ministerio de Vivienda y Agua está creando normas y regulando para que las personas tengan un servicio con mayor cobertura, continuidad y calidad que entienda las particularidades del sector rural y de los municipios pequeños y que, a su vez garanticen la sostenibilidad de los prestadores con señales claras que deben volverse más eficientes. De igual forma se están generando acciones para la medición real del consumo que penalicen a los derrochadores del preciado líquido y beneficien a quienes hagan un uso racional”, dijo el ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Camilo Sánchez Ortega.
La nueva metodología permite el cálculo de las tarifas de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, asociadas al cumplimiento de dos metas principales, que deben ser alcanzadas en el quinto año después del inicio de su aplicación. La primera es lograr que al 100% de los usuarios se les pueda cobrar lo efectivamente consumido a través de una facturación real de los servicios y no como se hace en algunos casos que proviene de un cálculo por promedio o estimación.
La otra meta corresponde a que se puedan garantizar las condiciones para una mayor continuidad en la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado minimizando los días en que el usuario se quede sin acceso al agua.
Estas medidas se suman a otras que este Gobierno ha expedido, como la Política de Suministro de Agua Potable y Saneamiento Básico Rural aprobada mediante documento Conpes 3810, los ajustes normativos iniciados con el del Decreto 1898 de 2016 y la puesta en operación del Sistema de Información de Agua y Saneamiento Básico Rural – SIASAR; instrumentos que tienen como propósito garantizar la sostenibilidad de las soluciones implementadas para mejorar las condiciones de las comunidades con mayores rezagos en el acceso a estos servicios. Todas estas acciones son muestra del interés del Gobierno Santos para mejorar las condiciones de las regiones más apartadas que son objetivo primordial de la política nacional por la paz y el posconflicto.
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