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Las Comisiones Primeras conjuntas estudiarán y debatirán proyecto de Ley crea el Ministerio del Deporte

Written by Carmelo Castilla

En la recta final de las sesiones ordinarias del Congreso, las comisiones primeras conjuntas iniciarán en el estudio y debate del proyecto de Ley –de origen gubernamental- que trasforma institucionalmente a Coldeportes en un Ministerio y que no significarán un aumento en el presupuesto general de la nación para el año 2018.

La estructura del nuevo Ministerio se sustenta en el aprovechamiento del tiempo libre y apunta a coordinar y ejecutar una política pública en el país alrededor del deporte, la recreación y la actividad física, contribuyendo de paso a la promoción del bienestar, la calidad de vida, la educación, la cultura y cohesión social.

“Por ser producto de una transformación legal, el creado Ministerio del Deporte deberá asumir los bienes, derechos y obligaciones de actualmente en cabeza de COLDEPORTES.  Otro tanto sucederá con los contratos y convenios vigentes y los archivos de que sea actualmente titular COLDEPORTES  y los servidores públicos vinculados a éste quedan «automáticamente incorporados en la planta de personal del Ministerio del Deporte», advierte en uno de sus apartes el proyecto de Ley que será estudiado y debatido por las comisiones primeras conjuntas.

Al estudiar a lo largo de la historia de Colombia, el impacto de la actividad física en la población desde los departamentos de Nariño hasta la Guajira y sede Santa Andrés hasta el Amazonas, el deporte ha cumplido una función esencial en el desarrollo de las personas y las sociedades. Tan es así, que actualmente el deporte, la recreación y el tiempo libre son considerados derechos. El artículo 52 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1° del Acto Legislativo 02 de 2000, consagra que el ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano.

Adicionalmente, el deporte y la recreación forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Además, reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. En virtud de esta disposición constitucional se establece cómo el Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas.

En Sentencia C-802 de 2000, antes de ser modificado el artículo También la Corte Constitucional, en Sentencia C-802 de 2000,  refirió a la excepcional importancia social del deporte y la necesidad de su regulación legal, en el siguiente sentido:

 «La Corte al respecto debe señalar que está dentro del ámbito de actividad del legislador la consagración de reglas mediante las cuales se estructuren las entidades encargadas de fomentar, patrocinar y dirigir la actividad deportiva en sus diferentes modalidades». Pero, precisamente por su excepcional importancia social, el deporte lleva implícito un indudable interés público, que no solamente es susceptible de regulación legal sino que exige de parte del legislador la fijación de unas reglas básicas que permitan organizar y promover el deporte de manera ordenada y eficiente tanto a nivel nacional como en las regiones y localidades. De allí que nada obste, a juicio de la Corte, para que el legislador señale, sin sacrificar la libertad, pero orientando su ejercicio hacia fines de interés colectivo, los elementos que faciliten la promoción y dirección de la actividad deportiva».

Las distintas bancadas con asiento en la comisión primera del senado, (Partido de la U, Partido Conservador,  Partido Liberal; Centro Democrático, Polo Democrático, Opciòn Ciudadana,  Alianza Verde, Cambio Radical y Partido Mira) expresaron su optimismo en frente a  “la conversión de Coldeportes a Ministerio a través de la consolidación  institucional deportiva. Es decir, un diseño participativo de una política nacional en materia de Educación Física y Escuelas Deportivas. Se fortalezca el diseño, implementación y el monitoreo de planes, proyectos y programas que promuevan la práctica del de porte escolar, orientados a disminuir el distanciamiento existente en la práctica deportiva en la población más vulnerable, especialmente en  (Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes), entre 7 a 17 años de edad; se amplíe la cobertura de beneficiarios a nivel nacional, teniendo en cuenta que el Deporte Escolar canaliza la participación en niños, niñas, adolescentes y jóvenes entre 7 y 17 años; se obtenga mayor participación de recursos de la Nación para la práctica deportiva; se aumente la variedad de disciplinas deportivas motivando así la participación de los niños en las escuelas deportivas; se diseñe e implemente un sistema nacional de competencias deportivas, tendiente a generar mayor adherencia deportiva en todo el curso de vida, al tiempo que a través de la realización de competencias escolares;  se establezcan los lineamientos de Deporte Escolar en Colombia”. Fuente senado.gov.co

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